Consejo Académico

Son sus funciones:

  • Cumplir y hacer cumplir las normas legales, los estatutos y los reglamentos académicos de la Universidad
  • Revisar, corregir y aprobar, dentro de las políticas trazadas por el Consejo Directivo y de acuerdo con los estatutos y reglamentos, los planes de desarrollo académico, las políticas y programas académicos de la Universidad, en los campos de la docencia, investigación, extensión, asesoría y consultoría, acordes con el Plan de Desarrollo de la Universidad.
  • Emitir concepto al Consejo Directivo sobre creación, modificación o supresión de unidades académicas y administrativas, programas académicos y seccionales de la Universidad.
  • Presentar al Consejo Directivo proyectos relacionados con el reglamento profesoral, el reglamento estudiantil, el reglamento de investigaciones y el reglamento de extensión, consultorías académicas y demás que sean del caso.
  • Emitir concepto sobre el escalafón docente y el nivel académico de los profesores e igualmente sobre las comisiones de estudio de los profesores, de acuerdo con el Plan de Desarrollo Académico y los estatutos y reglamentos de la Universidad.
  • Aprobar los contenidos y las modificaciones de los planes de estudio de los programas curriculares de pregrado y de postgrado creados por el Consejo Directivo, previo concepto de los comités de Programa, de los Consejos de Facultad y de los directores de postgrado, respectivamente.
  • Presentar al Consejo Directivo, por intermedio del Rector, el proyecto del plan de autoevaluación académica institucional, para su adopción
  • Decidir sobre el desarrollo académico de la institución en lo relativo a docencia, especialmente en cuanto se refiere a programas académicos, a investigación, extensión y Bienestar Universitario.
  • Las demás fijadas por la Ley, los Estatutos y los Reglamentos.

El Consejo Académico está integrado por:

  • El Vicerrector Académico, quien lo preside en ausencia del Rector.
  • Los Decanos.
  • El Director del Sistema Unificado de Investigaciones.
  • El Director de Extensión y Proyección Social.
  • Dos (2) profesores elegidos por los profesores de la Universidad.
  • Dos (2) estudiantes elegidos por los estudiantes de la Universidad.
  • Un (1) delegado del Consejo Directivo con derecho a voz.
  • El Secretario General de la Universidad actuará como Secretario del Consejo Académico con derecho a voz.