SUI

Sistema Unificado de Investigaciones Universidad Autónoma de Colombia

El Sistema Unificado de Investigaciones, SUI, de la FUAC, sistema como ente constituido por unidades que orienta y gestiona la investigación se acoge a los lineamientos y políticas colombianas establecidas en · Constitución Política de Colombia, 1991, en el Artículo 70 se prescribe que el Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación; las directrices del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI).

La Universidad Autónoma de Colombia, de acuerdo con su Proyecto Educativo Universitario, reconoce que “las instituciones de Educación Superior deben contar con una comunidad académica altamente calificada, capaz de incorporar creativamente a los procesos de enseñanza-aprendizaje, los conocimientos, metodologías e innovaciones proporcionados por el Arte, la Ciencia y la Tecnología” (Consejo Superior, 2021). 

La “Sociedad del Conocimiento”, globalizada e interdependiente, demanda de las Instituciones de Educación Superior la formación de una sólida base de investigadores, grupos y centros que desarrollen investigación con pertinencia social y científica y vinculación a redes, grupos y pares nacionales e internacionales que faciliten el aprendizaje y el intercambio fecundo de conocimientos y experiencias de diversas culturas científicas e investigativas. 

Además considera que el desarrollo de programas, líneas y proyectos de investigación, formativa y científica, es una de las condiciones para crear, promover y fortalecer  programas de pregrado, maestrías y doctorados; para la vinculación temprana de jóvenes talentos al quehacer científico, de modo que los temas y problemas objeto de investigación tengan continuidad y permanencia. 

En consecuencia,  en el ejercicio permanente de reflexión, revisó y actualizó el Acuerdo 407 de 2002, debido a los cambios acaecidos en el entorno académico nacional e internacional y en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología en Colombia, y aprobó las Políticas y el Reglamento para la Organización, Fomento, Seguimiento, Control y Difusión de la Investigación, mediante el Acuerdo N°014, del Consejo Superior (2021);  mediante el cual traza las políticas de investigación, los objetivos, organización y administración de la investigación; la estructura investigativa; los programas, líneas y proyectos; semilleros y jóvenes investigadores; seguimiento, control, estímulos; presupuesto y financiación y publicaciones

El Sistema Unificado de Investigaciones, SUI, de la FUAC, sistema como ente constituido por unidades  que orienta y gestiona la investigación se acoge a los lineamientos y políticas colombianas establecidas en ·         Constitución Política de Colombia, 1991, en el Artículo 70 se prescribe que el Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación; las directrices del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI).

La Universidad Autònoma de Colombia mediante su misión educativa, de acuerdo con el sistema universitario colombiano, evidencia la apropiación de esa normatividad en su perspectiva de investigación (Nieto, 2018); como en la filosofía del Proyecto Educativo Institucional, las fortalezas programáticas de los pregrados y postgrados y los conocimientos y especialidades de sus docentes.

Vale la pena recordar que, el sistema de investigación de las universidades inició en los años noventa con “la internacionalización de la ciencia en Colombia cuando Colciencias impulsó la Red Caldas que vinculó a más de 1200 investigadores colombianos residentes en el exterior” (Colciencias, 2010 citado por Molina R; Sánchez-Torres JM, p.5). Surge como un mecanismo para organizar las actividades de investigación, la promoción de los sistemas de investigación de las instituciones, con mayor énfasis en las universitarias, alrededor del concepto de grupos de investigación. (Molina R; Sánchez-Torres JM, 2010, p.6, citado por Nieto, 2018).

El Sistema Unificado de Investigaciones, SUI, integra y articula “las actividades y procesos investigativos generados en las Facultades, para lograr un desarrollo interdisciplinario, coherente y de impacto de los proyectos y líneas y un uso racional de los recursos económicos asignados para tal fin”. (Consejo Superior, 2021, p. 3).

En consecuencia se propone “estimular la investigación de calidad y la producción de conocimientos pertinentes y aplicables a las exigencias de los entornos global y local en materia de desarrollo económico- social; al análisis e interpretación de la historia, la cultura y la vida jurídico-política; y a la reflexión y ofrecimiento de alternativas de solución a los problemas educativos del país, en sus entornos local y regional; promover la construcción de una cultura científica en todos los estamentos y la formación de “semilleros de investigación”, para fortalecer el desarrollo de la creatividad y el espíritu investigativo, que hagan sostenibles los procesos, resultados e impacto de la investigación, y permita la participación de los proyectos, grupos y centros en las convocatorias de Minciencias y otros organismos nacionales e internacionales; promover el desarrollo de la investigación básica, aplicada, formativa, humanística y la I+D+i, con proyectos de medio y largo aliento, que ofrezcan soluciones o alternativas de impacto para los distintos sectores de la vida nacional y para las relaciones de convivencia tanto dentro del país, como del país con el mundo, entre otras de las políticas de investigación” (C.S., Ac., 014, 2021, p. 2).  

En cuanto a la organización, y administración de la investigación “estará dirigida y supervisada por el Consejo Académico y organizada en el Sistema Unificado de Investigaciones, SUI, integrado por: 

  1. El Comité de Investigaciones, Transferencia y Publicaciones.
  2. El Director de Investigaciones, Transferencia y Publicaciones. 
  3. Los profesionales (gestores) adscritos a la Dirección de Investigaciones, Transferencia y Publicaciones 
  4. Los grupos de Investigación avalados por la Universidad. 
  5. Los investigadores avalados por la Universidad” (C.S., Ac., 014, 2021, p.3).

2.1 El Comité de Investigaciones, Transferencia y Publicaciones, de acuerdo con el Art 11 (Ac., C.S, Nº 014, 2021),  es el organismo encargado de diseñar anualmente el plan de desarrollo y fomento de la investigación de la FUAC, incorporando los planes de acción de cada Facultad, con su respectivo presupuesto. Este plan de acción será presentado para su aprobación al Consejo Académico.

2.2 Integración del Comité de Investigaciones, Transferencia y Publicaciones.:

  1. El Vicerrector Académico o su delegado, quien lo presidirá. Dra Ana Luz Rodríguez González
  2. El Directora (e) de Investigaciones, Transferencia y Publicaciones: Dra Ana Luz Rodríguez González
  3. Un representante de los Decanos designado por el Consejo Académico: Dr Luis Carlos Ramírez, Decano de la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables.
  4. Un representante de los investigadores designado por el Consejo Académico.
  5. Los Profesionales de Investigación. Uno de los cuales llevará el acta de cada sesión, nombrado por cada facultad, mediante acta de Consejo respectivo, así: Inés Ximena Barbosa, de Ingeniería; Alberto Andy Barreto, de FACEAC; Ariel González, Ciencias Humanas y Carlos Arturo Hernández, de Derecho. Art 12 (C.S,  Ac. Nº 014, 2021).

2.3 La estructura Investigativa de la FUAC “estará conformada por: 

  1. Recursos humanos: Docentes investigadores y estudiantes. 
  2. Organización del saber: Programas, líneas y proyectos de investigación. 
  3. Comunidad científica: Grupos de Investigación, investigadores principales, co investigadores, investigadores asociados. Semilleros de Investigación, evaluadores internos y externos. Redes de Investigación Nacionales e Internacionales”. (C.S., Ac., 014, 2021, p.6)

Estrategias para la formación en investigación-creación artística

La FUAC, de acuerdo con lo establecido por el “Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones desde su macroproceso misional de Gestión del Conocimiento del sector TIC establece el proceso de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) en donde se apalancan proyectos, iniciativas y estrategias al interior de MINTIC y con las entidades públicas del Estado. (Centro de innovación pública digital, Gobierno digital, https://gobiernodigital.mintic.gov.co/portal/Centro-de-Innovacion-Publica-Digital/I+D+i/

Una de las políticas de investigación planteada por la Universidad Autónoma de Colombia es “promover el desarrollo de la investigación básica, aplicada, formativa, humanística y la I+D+i, Investigación, Desarrollo e Innovación, con proyectos de medio y largo aliento, que ofrezcan soluciones o alternativas de impacto para los distintos sectores de la vida nacional y para las relaciones de convivencia tanto dentro del país, como del país con el mundo”. (C.S., Ac., 014, 2021, p.2).

Otra de sus políticas es “proponer estrategias y métodos para el acompañamiento, la evaluación, seguimiento y control de la actividad investigativa, que permitan obtener y medir los logros, corregir las deficiencias y establecer mecanismos efectivos de divulgación y apropiación social de los resultados de investigación”. (C.S., Ac., 014, 2021, p.2).

En cuanto a la propuesta, planteamiento y orientación en Investigación-creación artística, la Universidad cuenta con los antecedentes y aportes tanto de la Facultad de Ingeniería, y sus programas de Diseño Industrial (Y del propuesto de Diseño Gráfico e inactivo); como con la Facultad de Ciencias Humanas y su programa de Estudios literarios, bajo los lineamientos de Minciencias que “promueve que tanto la investigación como los procesos de creación  artística generan nuevo conocimiento, desarrollo tecnológico e innovación transferible al sector social, cultural y productivo (especialmente al de las industrias creativas y culturales). Pero, durante décadas la creación no fue reconocida por el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación – SNCTI por la formulación particular de los  proyectos y el desarrollo sus obras/productos que no correspondían al imaginario tradicional de la ciencia (Estévez et al., 2018, citado por Miciencias).
 
Los procesos de creación artística, al igual que la investigación, con sus estructuras disciplinadas y planificadas, la experimentación constante son fundamentales para el desarrollo de un producto final, el cual se caracteriza por un lenguaje plástico (como la música, la escultura, la danza, el audiovisual, entre otros) que, puede ser original e inédito (nuevo conocimiento), ha superado las fronteras del conocimiento de estas disciplinas (Delgado et al., 2015, citado por Minciencias). Cuando estos procesos de creación convergen con diferentes metodologías de investigación pueden abrir una trazabilidad, que permite evidenciar su aporte al estado del arte (Scrivener, 2002, citado por Minciencias). De esta manera se construye el concepto de investigación+creación, el cual resalta las posibilidades de generación de nuevo conocimiento, desarrollo tecnológico e innovación que pueden surgir a partir de la diversidad de áreas de conocimiento existentes.

Áreas, líneas o temáticas de investigación (Institucional)

Para orientar el trazado de las líneas de investigación, se describe como agrupación de Proyectos, a dos o más proyectos que se agrupan en una línea de investigación. Esta identifica temas o problemas que pueden ser desarrollados por varios grupos de investigación. Art. 29 (C.S,  Ac. Nº 014, 2021).

4.1 Requisitos para crear una línea de Investigación, según el Art 30. “en la FUAC se crea de acuerdo con los siguientes requisitos:

  1. Que corresponda a las políticas vigentes nacionales de ciencia y tecnología; a las necesidades de desarrollo del país, a la misión y visión institucionales; a las fortalezas cognitivas y/o identificatorias de la institución, de la facultad o de los programas académicos de postgrados y pregrados y al mejoramiento de la calidad de la educación en todos sus niveles.
  2. Que cuente con los recursos humanos: docentes investigadores y estudiantes que desarrollen proyectos que contribuyan a la consolidación de la comunidad científica institucional y nacional.
  3. Que los proyectos sean de impacto social en los sectores objeto de investigación.
  4. Que permitan conformar o pertenecer a Redes de Investigación Nacionales e Internacionales.
  5. Que sean propuestas por el Consejo de Facultad respectivo y aprobadas por el Comité de Investigaciones, Transferencia y Publicaciones”. Art 30 (C.S,  Ac. Nº 014, 2021).

Plan de investigación: proyección de planes, proyectos, programas, entre otros, requeridos para el logro del ambiente de investigación, innovación y/o creación.

Las Políticas de investigación de la Fundación Universidad Autónoma de Colombia orientan, desde sus principios, tanto el diseño de los planes de investigación como su proyección. Por tanto promueven “estimular la investigación de calidad y la producción de conocimientos pertinentes y aplicables a las exigencias de los entornos global y local en materia de desarrollo económico-social; al análisis e interpretación de la historia, la cultura y la vida jurídico-política; y a la reflexión y ofrecimiento de alternativas de solución a los problemas educativos del país, en sus entornos local y regional.” (C.S., 2021, p.19).

Además, se plantea entre sus objetivos: “publicar los resultados parciales o finales de la investigación, y, proveer, equitativamente, a las distintas facultades, departamentos, institutos o centros de investigación, de los recursos para la financiación o cofinanciación de los proyectos de investigación presentados por los grupos respectivos”. (C.S., 2021, p.20).

En consecuencia, se considera la modalidad de los proyectos y sus caracteres para desarrollar la investigación, “que alimentarán o consolidarán las líneas construidas a partir de los mismos. Los proyectos podrán ser de carácter disciplinar, intra, multi o interdisciplinar y junto con las líneas, podrán configurar a mediano plazo, un programa de investigación; identifican el tema, delimita el universo objeto, el propósito, el impacto y el costo de una investigación específica, en un tiempo determinado. Generalmente es asumido por un conjunto de docentes conformado por el Investigador Principal, el co investigador, los investigadores asociados, los investigadores auxiliares y los estudiantes”. (C.S., 2021, p.20).

Los proyectos de investigación deberán ser presentados al SUI, por los Investigadores principales, con el aval respectivo del Líder de su grupo de investigación y del Consejo de Facultad correspondiente al Investigador Principal para su estudio y evaluación. El Director de Investigaciones, Transferencia y Publicaciones, los presentarán al Comité de Investigaciones, Transferencia y Publicaciones para su aprobación final y financiamiento”. El último proceso de convocatoria se inició en 2023, que corresponde a la N°32 vigente en 2024, con agenda, y resultados publicados a la comunidad autónoma, por parte de la Dirección (e) del SUI.

En el punto N° 7, de este documento, se exponen y describen las convocatorias de proyectos de investigación diseñadas e implementadas por el SUI, Sistema Unificado de Investigaciones, durante los últimos años (2018-2024); articuladas con el Plan estratégico de la FUAC (2017-2022). Y, la proyección de las convocatorias de investigación anuales desde 2025, de acuerdo con el Plan estratégico vigente.

  • Ayudas públicas
  • Convocatorias interna, estatales y distritales
  • Financiamiento de organizaciones y fundaciones

Los recursos financieros internos de la FUAC, establecidos en las políticas de investigación, se exponen y describen en el punto N°11 de este documento, con base en el CAPÍTULO IX sobre el presupuesto y financiación de proyectos. (C.S., 2021, p.17).

Mecanismos para la implementación de las estrategias para la formación en investigación, innovación y/o creación artística y cultural.

Entre los recursos, capacidades, resultados y servicios asociadas con las actividades principales de investigación y del CTeI, se promueven  las siguientes:

  • Formación y capacitación
  • Generación de conocimiento científico
  • Desarrollo tecnológico y transferencia de tecnológica
  • Innovación y productividad
  • Mentalidad y cultura de la CTeI
  • Apoyo y financiamiento de la CTeI 

La orientación de estos mecanismos están a cargo de directivos, docentes TC, MT, de cátedra con asignación académica de asignaturas de investigaciòn; “los docentes investigadores de medio tiempo, tiempo completo o dedicación exclusiva, cuya dedicación se reparta entre la cátedra y el desarrollo de un proyecto, en cumplimiento de lo dispuesto por el estatuto docente vigente”. Art. 15. 

7.1 Convocatoria Nº32 (2023 II-2024) de proyectos de investigación

“Investigación Autónoma: ciencias, artes e innovación: hacia la construcción de una cultura de paz”.

En la apertura de la convocatoria el 15 de noviembre de 2023 la Vicerrectoría Académica y el Sistema Unificado de Investigación, SUI, invitó a la comunidad de profesores de la Universidad Autónoma de Colombia a participar en la convocatoria N°32 de investigación, presentando sus proyectos dentro de los plazos establecidos. Se busca con esta convocatoria incentivar el interés de los profesores hacia la investigación en temas y problemas relacionados con el actual Proceso de Paz que se adelanta en el país, y frente al cual las universidades no pueden ser indiferentes. La pregunta planteada es cómo la Universidad Autónoma de Colombia puede aportar al avance del Proceso de Paz en el país, en las regiones, en las ciudades, en los municipios, en los barrios, etc. Esta Vicerrectoría considera que cada investigador, desde su disciplina, puede plantear propuestas que aporten al desarrollo de las comunidades, mejorando la calidad de vida a todos los niveles. Los documentos requeridos a los docentes investigadores son: 1. Los términos de referencia, y, 2.  el formato de presentación de proyectos. 

Primera fecha de cierre: 7 de diciembre de 2023

Comunicado de ampliación de recepción de proyectos y nueva fecha de cierre: 31 de enero de 2024.

La convocatoria, de acuerdo con los Términos de referencia (2023),  está “dirigida a docentes e investigadores internos, quienes deben estar adscritos a los grupos de investigación avalados por la Institución y organizaciones aliadas con dichos grupos, y a partir de lo establecido por el Acuerdo 404, Art.6, por medio del cual se reglamenta la “Dedicación y categorización de docentes de la FUAC” que estipula las actividades académicas, en este caso para el componente de investigación, por tanto la participación en esta convocatoria es de carácter obligatorio”.

Tema central: Conocimiento, saberes e investigación: aportes a la construcción de la cultura para la paz.

Líneas temáticas: 

  • Territorios urbanos y rurales: problemáticas y/o necesidades de innovación y desarrollo tecnológico.
  • Fortalecimiento de capacidades de transferencia y uso de conocimiento científico y saberes: sistematización de experiencias educativas.
  • Fortalecimiento de las capacidades institucionales asociadas con la gestión editorial de revistas científicas: sistematización de experiencias.
  • Aportes de las Mujeres: ciencias, artes y cultura.
  • Aportes de las comunidades y grupos poblacionales: ciencias, saberes, artes y cultura.
  • Ecosistema en energía sostenible.
  • Fortalecimiento entre el sector académico y empresas colombianas.
  • Proyectos que contribuyan a los desafíos establecidos en la misión “Colombia hacia un nuevo modelo productivo, sostenible y competitivo.

Investigación y desarrollo (I+D): Trabajo creativo y sistemático para aumentar el volumen de conocimiento, incluyendo el conocimiento de la humanidad, la cultura y la sociedad; y concebir nuevas aplicaciones a partir del conocimiento disponible. Tres tipos de I+D: Investigación básica, investigación aplicada y desarrollo experimental.

Términos de referencia de la convocatoria N°32 para presentación de proyectos de investigación 

“Investigación Autónoma: ciencias, artes e innovación: hacia la construcción de una cultura de paz”.

  • Formato de presentación de proyectos
  • CVLAC actualizado de cada investigador
  • Aval por parte del líder del grupo en el que se sustente la pertinencia de la investigación para el grupo
  • Duración máxima de 12 meses; se podrán solicitar 2 prórrogas, no siendo cada una mayor a 90 días calendario.
  • Tipo de vinculación: Docente de tiempo completo, medio tiempo y de cátedra.

Co-investigador externo: mediado por un convenio interinstitucional o carta de intención de una institución distinta a la FUAC (Institución de Educación Superior nacional o internacional, Entidades gubernamentales, Empresas privadas, Organizaciones No Gubernamentales, Asociaciones civiles)

  • Producción investigativa de acuerdo con asignación de la carga académica.

 



Carpeta instrumentos Excel: Convocatorias Nº28 a convocatoria Nº31

Otros mecanismos son los siguientes:

  • “La inclusión de estudiantes de pregrado en proyectos de investigación. Los estudiantes de pregrado podrán participar en proyectos de investigación avalados por el Comité de Investigaciones, Transferencia y Publicaciones, según lo establecido en el Capítulo VI del Acuerdo Nº 014, Art. 18, 2021) 
  • Los estudiantes de Pregrado contarán con la “oportunidad de desarrollar trabajos de grado en los Proyectos de Investigación y podrán escoger la Modalidad de grado de Semillero de Investigación, cumpliendo con los criterios del Reglamento Estudiantil vigente y el Capítulo VI del Acuerdo Nº 014, Art. 19, 2021.
  • “Los estudiantes de postgrado, podrán desarrollar su trabajo de grado dentro de un proyecto de investigación, bajo la tutoría y seguimiento del Investigador Principal, el co investigador o los Investigadores Asociados”. Acuerdo Nº 014, Art. 20, 2021. 
  • “Los Investigadores principales de proyecto, los co investigadores y/o los investigadores asociados serán tutores de los estudiantes que participen en el proyecto, les indicarán las tareas que deben cumplir en desarrollo del mismo, y evaluarán los resultados para poder sustentar el trabajo de grado”. Acuerdo Nº 014, Art. 23, 2021. 
  • “Participación en semillero de investigación como opción de grado de los estudiantes de pregrado mediante la participación en un semillero de investigación, para lo cual deberá hacer parte de un semillero por, al menos, ocho (8) meses en calidad de estudiante investigador y cumplir con los requisitos establecidos por el reglamento estudiantil vigente y la reglamentación de semilleros de investigación”. Art. 34.